Ciudad de México.- Durante la LXIV Legislatura, la Cámara de Diputados aprobó el otorgamiento de licencia a trabajadores con hijos menores de 16 años diagnosticados con cáncer, la prohibición de contratar para el trabajo en el hogar a menores de 15 años de edad y el traslado de pensiones a familiares de personas desaparecidas.
El 26 de abril de 2019 avaló cambios a las leyes del Seguro Social, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Federal del Trabajo, para que las madres o padres trabajadores asegurados, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados por el IMSS o el ISSSTE con cáncer de cualquier tipo, gocen de una licencia por cuidados médicos de los hijos para ausentarse de sus labores en caso de que el niño o adolescente requiera descanso médico en los periodos críticos del tratamiento o de hospitalización.
Las licencias expedidas por ambos institutos tendrán una vigencia de 1 y hasta 28 días y podrán otorgarse tantas como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin que excedan 364 días, mismos que no necesariamente serán continuos. Se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de junio de 2019.
El 2 de julio de 2019 se publicaron en el DOF las reformas aprobadas el 30 de abril de ese año, a las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, con las cuales se cambió la denominación del Capítulo XIII por el de «Personas Trabajadoras del Hogar», y se prohibió la contratación para el trabajo en el hogar de adolescentes menores de 15 años de edad.
Definió a las personas trabajadoras del hogar como aquellas que de manera remunerada desempeñen actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar, en el marco de una relación laboral que no importe para la persona empleadora beneficio económico directo, conforme a las horas diarias o jornadas semanales.
El 26 de abril de 2019 se modificó la Ley de Vivienda, para que el Sistema Nacional de Vivienda se integre también por la SEDATU, el INFONAVT, el FOVISSSTE, la Sociedad Hipotecaria Federal y la Sociedad Nacional de Crédito.
Aprobó el 19 de noviembre de 2020 cambios a las leyes del Infonavit y del ISSSTE, para que el sistema de financiamiento del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores permita que los trabajadores derechohabientes obtengan un crédito barato y suficiente para adquirir una propiedad de suelo destinado a la construcción de sus habitaciones.
Fueron publicadas en el DOF el 16 de diciembre de 2020, reformas aprobadas el 9 de diciembre del mismo año a las leyes de Seguridad Social y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que reducen el número de semanas de cotización de mil 250 a mil, incrementan gradualmente las aportaciones de los patrones, modifican la composición de la aportación del Estado y aumentan el monto de la pensión mínima garantizada.
El 3 de marzo de 2021 reformó el artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo para que la fijación anual de los salarios mínimos o su revisión, nunca esté por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia transcurrido. Sustituyó el concepto de trabajador por el de persona trabajadora y adicionó el de jefa de familia. Se publicó en el DOF el 30 de marzo.

